Son los avales que exige el Estado, las denominadas fianzas de conexión a la red eléctrica, para garantizar que el promotor NO desista y colabore activamente con la Administración durante la construcción de la planta fotovoltaica o huerto solar, hasta la puesta en servicio de las instalaciones proyectadas. Es necesario para la tramitación de solicitud de acceso a la red y del punto de conexión.
El aval de punto de conexión es de 40€/kW instalado, conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de Octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
No obstante, existen exenciones a la hora de aportar dicha garantía:
Una instalación fotovoltaica de Tipo I, normalmente está destinada al autoconsumo. Sin embargo, existen instalaciones Tipo I que tienen consideración de producción, en estos casos sí que habría que aportar la garantía de punto de conexión.
Para tramitar su solicitud de aval, es necesario llevar a cabo un estudio económico financiero SIN NINGÚN COMPROMISO, para conocer la viabilidad de la operación y sus condiciones. Por favor cumplimente el siguiente FORMULARIO y nos pondremos en contacto con usted a la mayor brevedad posible.